Cuando vamos a alquilar, cuando estamos buscando departamento para alquilar, generalmente en capital federal, escuchamos que nos piden garantía bancaria, pero sin dudas, creo que cuando las inmobiliarias solicitan este requisito, están totalmente desinformadas, las garantías bancarias, sin dudas nos rompen los corazones, tanto a las inmobiliarias como a los inquilinos.
“La garantía bancaria es el documento por el cual un banco respalda la obligación contraída por un cliente. Así, se compromete a responder en caso de incumplimiento”, esto es lo que entendemos por definición, pero…se da cumplimiento?
Existen dos tipos de garantías bancarias:
El banco se compromete a cumplir con la promesa de pago solo si su cliente no lo hace.
La garantía puede ser solidaria. En ese caso, el acreedor puede exigir directamente el pago el banco sin necesidad de hacer esto antes con el deudor.
El problema esta en que cuando tenemos que adquirir una garantia bancaria uno de los requisitos es abrir una caja de ahorros y ahí es donde quedamos totalmente atrapados al Banco, al contrario con las garantías privadas en donde solo pagas por el tiempo que necesitas el servicio, sin letra chica que no entendés y sin otras sorpresas para los propietarios, ya que lograr que accione el banco es una de las tareas mas difíciles que he visto o hasta me atrevería decir casi imposible.
Las garantías privadas de alquiler, como garantía para el propietario, ganan terreno a grandes pasos dejando atrás la seguridad que nos daba antes adquirir productos como garantías de banco.
Nuestra modalidad ofrece la recuperación de los recibos impagos, además de protección jurídica para ayudar al propietario a solucionar el problema del impago de alquiler en caso de que haya que acudir a los tribunales.
Todavía tenemos dudas cual elegir?