¿Qué pasa si no aviso con tiempo?
Dados los últimos cambios en la ley de alquileres, cada día queremos conocer un poco más de este tema, no queremos vernos perjudicados por una situación a la cual no estamos preparados, entonces sin dudas es mejor prevenir y contarte algunas cositas sobre esto.
A veces no podemos saber cómo nos va a sorprender la vida, y nos pasa que llega un miembro más a nuestra familia, conseguimos un trabajo en el exterior, o estamos disconformes con el lugar y nos queremos ir y dejar la vivienda.
En este sentido, rescindir el contrato de alquiler es posible tanto para inquilinos como para propietarios. Cualquiera sea el motivo, es necesario seguir unos pasos para evitar inconvenientes de ambas partes.
Inquilinos y dueños pueden decidir finalizar el acuerdo antes de tiempo, nuestras dudas son cuáles son los requisitos y cuándo corresponde pagar una indemnización?
Las principales obligaciones que tiene un inquilino son pagar el alquiler a tiempo y mantener la vivienda en buenas condiciones. Pero también tiene derechos, entre los que figura poder rescindir por anticipado el contrato firmado con el dueño de la propiedad.
Importante! Debe darse un preaviso al propietario por carta documento, o si hay un e-mail en el contrato a través del correo electrónico.
Si ya pasaron 6 meses, con un mes de aviso de anticipación es suficiente, si la decisión se toma durante el primer año del contrato hay que pagar como indemnización un mes y medio de alquiler al momento de desocupar el inmueble y si paso un año de contrato, se debe pagar como indemnización un mes de alquiler.
Lo que se debe tener en cuenta es que al ser inmuebles destinados a vivienda, si ya pasaron al menos 6 meses de contrato y la notificación se hace con una anticipación de 3 meses o más, no corresponde pagar la indemnización.
Existen dos maneras de rescindir anticipadamente un contrato: con causa y sin causa.
Rescindir sin causa: ocurre cuando el inquilino decide irse sin que exista una causa imputable al propietario. Esta es la opción que se puede ejercer pasados los 6 meses de contrato. El Código Civil establece una multa de un mes y medio de alquiler si se hace durante el primer año; y de un mes, transcurrido ese plazo. Sin embargo, si avisa con 3 meses de antelación no tendrá que pagar multa.
Rescindir con causa: cuando la rescisión se produce por un daño en la vivienda que el propietario no soluciono en tiempo y forma. Por ejemplo: el inmueble presenta un problema de humedad, el inquilino notifica al propietario y éste no lo resuelve debidamente. Esa situación le da al inquilino la posibilidad de rescindir anticipadamente su contrato:
Sin esperar a que se cumplan seis meses desde el inicio,sin avisar con anticipación y sin pagar multa. Reclamando la restitución de su depósito en garantía.
Esperamos que te haya servido esta info, y estate siempre atento a todos los cambios!